Antecedentes del Registro Civil de Panamá

El Registro Civil panameño tuvo su génesis en 1912, cuando asume la presidencia el doctor Belisario Porras, nuestro quinto presidente y quien teniendo una visión a futuro, resolvió establecer una institución registral en nuestro suelo patrio encargada de llevar el control de los nacimientos, matrimonios, defunciones y demás actos jurídicos de las personas. En ese entonces, no se llevaban registros de hechos vitales, sino únicamente registros parroquiales y muchas veces estos no contenían información suficiente para la efectiva identificación de las personas.

La Comisión, nombrada por el presidente Porras, decidió estudiar el modelo del Registro Civil de la hermana República de Costa Rica, siendo este el utilizado para lograr la organización de nuestro Registro Civil. En ese orden, la Asamblea Nacional dictó la Ley 44 de 1912, la cual autorizó el establecimiento del Registro Civil, y el Poder Ejecutivo dictó luego, en desarrollo de la precitada Ley, el Decreto 17 de 1914, por el cual se reglamentó el Registro del Estado Civil.Sin embargo, no fue hasta el 15 de abril de 1914 que inició sus labores el Registro del Estado Civil en Panamá.


Su evolución, desarrollo y funcionamiento quedó plasmado en la precitada excerta legal, surgiendo en la capital de la República la oficina del Registro Civil. Los funcionarios encargados de registrar dicha tarea en el interior del país eran los alcaldes de la cabecera de los distritos y los corregidores en los corregimientos, quienes registraban diariamente los nacimientos, matrimonios y defunciones que se dieran dentro de su jurisdicción de manera detallada.

Luego de ello, se expidió la Ley 60 de 30 de septiembre de 1946, por medio de la cual, entre otras cosas, se reorganizó el Registro del Estado Civil, y se le dieron facultades especiales para desarrollar sus tareas.

Por su parte, en la Ley 41 de 14 de noviembre de 1958, se suspenden temporalmente los efectos del parágrafo 2° del artículo 19 de la Ley 60 de 30 de septiembre de 1946, y del artículo 33 de la Ley 18 de 29 de enero de 1958, y el ordinal 5° del artículo 327 del Código Fiscal, y se reforman y dictan otras disposiciones. Es importante destacar que en esta ley se establece la posesión notoria como mecanismo para probar el nacimiento dentro del territorio nacional.

Primeros libros de inscripción de hechos vitales
Luego se expidió la Ley 100 de 30 de abril 1974, con la que se vuelve a reorganizar el Registro Civil y se derogan todas las leyes anteriores o que le fueran contrarias. Así mismo, se dicta el Decreto 121 de 6 de noviembre de 1975 que la reglamenta. 
Con esta Ley se crea formalmente la Dirección General del Registro Civil, dependiente del Tribunal Electoral, con atribuciones para efectuar las inscripciones de nacimientos, matrimonios, defunciones, naturalizaciones y demás hechos y actos jurídicos relacionados con el estado civil de las personas, y hacer las anotaciones procedentes en las respectivas inscripciones.

En cada una de las cabeceras de las provincias se crean oficinas del Registro Civil, con la finalidad de descentralizar la institución y así brindar un mejor servicio, estableciendo la posibilidad de crear oficinas en los hospitales, centros penitenciarios, lugares poblados, así como en las áreas y secciones territoriales.

Para el año de 1974 se denominan oficiales del Registro Civil: los jueces municipales, las juntas comunales, los agentes diplomáticos y consulares de la República, los ministros religiosos, los directores provinciales y los registradores auxiliares, los cuales en función de su cargo, jurisdicción y de acuerdo con su competencia tenían facultades para celebrar matrimonios civiles (jueces municipales y juntas comunales); tomar declaraciones de nacimientos y defunciones de panameños en el país donde estuviesen acreditados (agentes diplomáticos y consulares); celebrar matrimonios eclesiásticos (ministros religiosos con licencia judicial); practicar y firmar las inscripciones de los nacimientos; practicar y firmar las marginales anotaciones; expedir copias íntegras y certificados; responder por la recaudación de los impuestos que gravan sus actuaciones, siempre y cuando no estuvieren a cargo servidores públicos del Ministerio de Hacienda y Tesoro; y cuidar de los libros y formularios a su cargo, y de la autenticidad y exactitud de las inscripciones y sus marginales anotaciones (directores provinciales del Registro Civil).

La Ley 100 de 1974 fue derogada por la Ley 31 de 2006, que rige en la actualidad.

Comentarios

  1. Hola,

    Actualmente estamos ofreciendo un esquema de préstamo flotante a una tasa de interés del 2% con una tarjeta de identidad válida adecuada para verificación.
    Puede enviar su solicitud de préstamo por cualquier monto de préstamo que necesite. Ofrecemos préstamos desde $ 1,000.00 USD Min. $ 50,000,000.00 USD Máx. Damos crédito a largo plazo desde uno (1) hasta cincuenta (50) años como máximo. Proporcionamos los siguientes tipos de préstamos: Préstamos para proyectos, Préstamos para refinanciamiento, Préstamos para inversiones comerciales, Préstamos para automóviles o vehículos, Préstamos para estudiantes, Consolidación de deudas, Préstamos para vivienda, Préstamos personales, Préstamos para viajes y vacaciones, Préstamos para Navidad y Año Nuevo.
    Nuestra empresa también necesita una persona que pueda ser el representante de nuestra empresa en su país.
    Póngase en contacto con nuestra oficina de MICHAEL ETHAN FINANCIAL LOAN FIRM por correo electrónico:
    michaelethanfinancialloansfirm@gmail.com
    Si está interesado en nuestra oferta financiera y desea adquirir un préstamo con nosotros, comuníquese con nosotros y proporcione los detalles a continuación, que serán necesarios para iniciar los términos y condiciones del monto del préstamo en consecuencia.
    Nombre: ____________________________
    Género: _______________________________
    Estado civil: _______________________
    Dirección de contacto: ______________________
    Código postal: ________________________
    País: ______________________________
    Fecha de nacimiento: ________________________
    Monto necesario como préstamo: ________________
    Duración del préstamo: ________________________
    Ingresos mensuales / ingresos anuales: _________
    Ocupación: ___________________________
    Objeto del préstamo: _____________________
    Teléfono: ________________________________
    Fax: __________________________________
    Pasaporte / Cédula de identidad ______________________

    En reconocimiento de estos detalles, se enviarán Términos y Condiciones bien calculados, incluido el acuerdo.


    ¡Gracias por tu patrocinio!
    Sinceramente,
    Michael Ethan.

    ResponderEliminar

Publicar un comentario

Entradas populares de este blog

Trámites para la inscripción de nacimientos en el Registro Civil

Inscripción de nacimientos de panameños nacidos en el exterior